Accidente laboral

Indemnización por accidente laboral

by | Oct 3, 2020 | indemnización por accidente laboral

Muchos trabajadores nos consultan particulamente por el tema de accidentes laborales o accidentes ocurridos en el trabajo o accidentes de trayecto. Es así que en este artículo trataremos los accidentes laborales y indemnización por accidente laboral.

Si usted ha sufrido un accidente en su lugar de trabajo o camino al mismo, y este se produjo por una causa ajena a su voluntad, tiene derecho a demandar solicitando una indemnización a su empresa. Esto atendido que muchas veces el accidente laboral se produce porque no se capacitó al trabajador (en el uso de una maquina por ejemplo), porque faltaron medidas de seguridad, porque alguna herramienta estaba en mal estado, etc. Y en todas estas y otras situaciones, la empresa debe responder indemnizando al trabajador. No obstante para esto este último debe necesariamente el trabajador demandar en un juicio laboral de tal forma que un juez declare la responsabilidad de la empresa y el monto de tal indemnización a pagar al trabajador.

No dude en contactarnos para evaluar gratuitatamente (y sin compromiso) el accidente laboral sufrido y posibilidades de indemnización. Contamos con Abogados altamente capacitados en la materia y especialistas en juicios sobre accidentes laborales y enfermedades profesionales, en los cuales se demandan indemnizaciones por los daños causados a consecuencia de un accidente laboral.

Contamos la política de honorarios que mejor se adaptará a las necesidades de los trabajadores, por cuanto asumimos la representación sin costo inicial para el trabajador y Sólo cobramos un porcentaje de lo obtenido finalmente en el juicio. Todo lo que implica una seguridad absoluta para el cliente, pues los intereses de este serán los mismos que los abogados que lo defienden lo que redunda en una alta motivación para hacer un buen desempeño y ganar el juicio, obteniendo el máximo posible. Si el juicio se pierde nuestros abogados no ganan nada y habrán trabajado gratis, de modo que, como es lógico, se trabajará para evitar aquello. Trabajamos de Arica a Punta Arenas en materia laboral. Si no ganamos, no cobramos, garantía de misabogadoslaborales.cl

Abogado Francisco Acuña G.

Abogado Francisco Acuña G.

Abogado laboralista

Celular directo: 994198584

¿qué es un accidente laboral?

Antes de entrar a explicar las demandas e indemnizaciones por accidente laboral se hace fundamental saber ¿Qué es un accidente laboral?, ¿Qué es un accidente común?, ¿Cuáles son las diferencias entre un accidente laboral y un accidente común?, ¿Qué es la responsabilidad civil?.

Accidente Laboral: Un accidente laboral es toda lesión que una persona sufre a causa o con ocasión del trabajo y que le produce algún grado de incapacidad o muerte. Así el accidente laboral es el accidente que sufre el trabajador durante su jornada de trabajo o también durante el trayecto de su domicilio al trabajo y a la inversa. Por ejemplo: si un carpintero se corta la mano mientras construye un mueble en la fábrica, o si te atropellan al cruzar la calle camino a tu trabajo. También están cubiertos por este seguro de accidentes labores que ocurren: 

1.- En el trayecto directo, de ida o de regreso, entre la casa habitación y el lugar de trabajo,

2.- En el trayecto que efectúa la madre para llevar a su hijo a la sala cuna, cuando la empresa tenga la obligación de dar este beneficio a los trabajadores,

3.- En el trayecto del trabajador hacia cursos de capacitación profesional (DL.N°1446), y

4.- Los que sufran dirigentes sindicales a causa o con ocasión de sus cometidos gremiales.

Para tratarse de un accidente laboral deben reunirse los siguientes requisitos:

a) La existencia de una lesión.

b) La existencia de una incapacidad o muerte. La ley no ha limitado el tiempo de duración de la incapacidad, por lo que ésta puede ser incluso de horas.

c) La existencia de una relación de causalidad entre la lesión y la incapacidad o muerte, es decir, que la lesión presentada se haya producido a causa del trabajo, vale decir, en relación directa con el trabajo, o con ocasión del trabajo, esto es, en relación indirecta pero indubitable con el trabajo.

Accidente común: El accidente común es una lesión que sufre una persona al enfrentar un riesgo que el mismo ha tomado. Ej.: Atropellamiento por cruzar a mitad de calle, Sintomatologías de origen común no relacionados con la actividad laboral. (Dolor de cabeza, resfríos). Algún tipo de lesión que sufra en su casa o en otro lugar que no sea su trabajo, cCuando un trabajador interrumpe su trayecto directo de ida o regreso entre su habitación y lugar de trabajo. El accidente común no tiene un origen laboral.

Responsabilidad civil: Es la obligación que recae sobre una persona física o jurídica (empresa) de reparar los daños causados a otra persona . Esta reparación, cuando se trata de lesiones, se trata siempre de una indemnización por daños y perjuicios . La responsabilidad civil puede ser contractual o extracontractual.

Prevención de riesgos laborales: Es la disciplina que trata de evitar los accidentes laborales a través de la identificación, evaluación y control de los riesgos laborales asociados a una actividad productiva.

¿Quién califica el accidente como laboral?.

Tal y como se ha indicado, existen dos tipos de accidentes, por una parte el accidente común, que es tratado conforme a las condiciones del plan de salud que el trabajador haya convenido con su Isapre o de acuerdo a la modalidad de atención que utilice en caso de estar afiliado a Fonasa y, por otra parte, el accidente laboral, que es tratado conforme a la ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, caso en el cual el tratamiento debe realizarse en la mutual de empleadores a la que esté afiliado el empleador o en los hospitales, postas o policlínicos en caso que el empleador no esté afiliado a alguna mutual. Ahora bien, la calificación del accidente, esto es, si es de origen común o del trabajo le corresponde a las entidades competentes, vale decir, a las Compin, Isapres, Unidades de Licencias Médicas y Mutualidades de Empleadores y, en última instancia a la Superintendencia de Seguridad Social. De esta forma, si el trabajador accidentado es tratado por un médico particular, la tipificación en la licencia médica que éste haga del accidente será una mera proposición, correspondiendo un pronunciamiento formal de una de las instituciones antes señaladas.

¿Es responsable el empleador ante un accidente laboral?

El empleador tiene la obligación de ser esmeradamente diligente en pos de entregar a sus trabajadores todas las medidas de seguridad necesarias que tengan por objeto evitar accidentes laborales que afecten la vida de un trabajador. En estos casos, si usted sufre de un accidente laboral que tenga como causa la infracción del deber de seguridad del empleador, con nuestra asesoría legal, tendrá derecho a demandar para que lo indemnicen por todos los perjuicios físicos, sicológicos, etc, que son consecuencia del accidente laboral.

El empleador se encuentra obligado a dar todas las medidas de seguridad y contar con todos los procedimientos necesarios para dar protección a los trabajadores en el desarrollo de sus labores, por lo que la falta de alguna de estas medidas y procedimientos hace responsable al empleador del accidente laboral, por lo que el trabajador tiene derecho a exigir de su empleador, la indemnización correspondiente por los daños sufridos en dicho accidente. Así las cosas, La demanda judicial puede presentarse desde el día en que ocurrió el accidente, hasta 5 años después. De todas formas, es mejor que transcurra mucho tiempo, esto para que no se pierdan pruebas que pueden ser fundamentales. Las lesiones pueden ser leves o graves, inclusive la muerte, en ese caso es la familia directa la que debe demandar.

El empleador es en buenas cuentas un deudor de la seguridad de los trabajadores, por tanto, debe procurar adoptar todas las medidas para otorgar a sus trabajadores todas las condiciones para evitar un  accidente laboral, accidente del trabajo o enfermedad profesional. No se trata de una obligación más del empleador, pues su obligación de prevenir accidentes laborales, riesgos del trabajo, es un imperativo que compromete a la sociedad toda, y a la familia del trabajador.

Se trata de una conciencia de la seguridad, por la importancia que ésta reviste para la sociedad toda, bajo una visión social y jurídica humanista integral. Un accidente laboral o enfermedad profesional, ocurrido en la empresa, demuestra necesariamente la insuficiencia del empleador en adoptar la totalidad de las medidas de prevención y seguridad necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores. Es el riesgo del trabajo, no previsto, el que determina la responsabilidad del empleador.

El hecho es que la necesidad de trabajar de una persona, no desnaturaliza su calidad de tal, esto es, de ser humano. Y este es el fundamento de la enorme responsabilidad del empleador en cuanto a adoptar todas las medidas posibles para prevenir un accidente laboral o enfermedad profesional, o cualquier clase de enfermedades del trabajo.

De aquí deriva, la obligación de indemnizar por parte del empleador en caso de ocurrencia de un accidente laboral, o por no precaver los riesgos del trabajo desarrollado por sus dependientes. Se ha dicho que se trata de una responsabilidad objetiva, o de una omisión culpable cuando la empresa ocurre un accidente laboral, y que por ende, el empleador ha incumplido su obligación legal.

Ocurrido un accidente laboral o una enfermedad profesional, recae sobre el empleador una serie de responsabilidades, como el aumento de su cotización, multas de los organismos fiscalizadores, y por cierto, las indemnizaciones legales cuando tal accidente laboral se deba a culpa o dolo de la empresa o de un tercero, incluso el pago de daño moral al trabajador.

La acción que tiene el trabajador es la de indemnización de perjuicios, destinada a reparar el daño causado, por el accidente laboral sufrido o por la enfermedad profesional padecida, y en este proceso es el empleador quién debe probar que cumplió con TODAS las medidas de seguridad, y que ellas fueron eficaces para evitar el accidente laboral o las enfermedad del trabajo.

En esta acción el trabajador, demanda el daño o perjuicio material, que consisten en los gastos de hospitalización, farmacéuticos, u otros derivados del accidente laboral, o la enfermedad profesional. Asimismo, el trabajador demanda el lucro cesante, fundado en que no podrá ganar lo mismo que ganaba antes del accidente, lo que es un perjuicio pues no podrá recibir la misma remuneración. Por último, podrá demandar el daño moral, que buscando la reparación integral del daño, es el precio del dolor sufrido por la víctima, así como por las consecuencias futuras del accidente laboral o enfermedad profesional, en lo estético, social, personal (Pérdida del agrado de vivir y otros). A este respecto, nuestra jurisprudencia ofrece una muy variable avaluación de los distinto tipos de daños.

Para que el trabajador pueda reclamar una indemnización por accidente de trabajo al empleador, este accidente debe haberse producido por una omisión de medidas de seguridad por parte de la empresa o cualquier otra causa ajena al trabajador. Por ejemplo:

– Accidente laboral por falta de capacitación (en función que estaba realizando o en la       prevención de riesgos) 

– Accidente laboral por utilización de maquinarias o herramientas defectuosas o sin       mantención adecuada. 

– Accidente laboral por falta de equipos de protección individual (cascos, botas, guantes,       arnés etc) .

– Accidente laboral por falta de medidas de seguridad colectivas (vallas de protección,       redes de seguridad, etc) 

– Accidente laboral por enviar al trabajador a realizar labores distintas a las especificadas en el contrato  de trabajo o a aquellas que tenía conocimiento el trabajador.

– Accidente laboral por falta de higiene industrial en la zona de trabajo 

– Accidente laboral por cualquier otra circunstancia que no sea culpa del trabajador.

¿Es posible demandar una indemnización por accidente laboral?

El Código del Trabajo contiene un libro dedicado a la protección de los trabajadores, en cuyo primer artículo se despeja toda duda respecto de quién es el principal responsable de dar seguridad a sus dependientes. La ley dispone que es el empleador quien debe “tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas18, como los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales” (artículo 184 CdT)1

Tal y como describimos el empleador es un deudor de los trabajadores en materia laboral. Por tanto ante cualquier accidente laboral ocurrido por culpa o dolo del empleador, este debe responder, y el trabajador podrá en consecuencia demandar judicialmente a su empleador solicitando que se le indemnicen los perjuicios causados: Daño emergente, lucro cesante y incluso el daño moral.

La indemnización por accidente laboral o accidente del trabajo consiste en una suma de dinero, entre 1 y 500 millones de pesos, incluso más, que le permitirán a usted y a su familia afrontar el futuro de una manera más tranquila. La indemnización depende de la magnitud de las lesiones y de las secuelas que le dejarán para el futuro. Toda lesión es indemnizable: pequeña, mediana o grave. En el caso de muerte, sus familiares tienen derecho a ser indemnizados.

Si usted ha estado involucrado en un accidente de trabajo en los últimos 5 años, que no era su culpa que podría tener derecho a presentar un reclamo de indemnización. Esto pues la demanda judicial puede presentarse desde el día en que se produce el accidente, hasta 5 años después.  No esperar demasiado para que no se pierdan pruebas que pueden ser relevantes. 

Nuestros expertos legales tienen años de experiencia en reclamar una indemnización por accidente de trabajo y gracias a la experiencia que hemos obtenido la máxima compensación para nuestros clientes.

Si has sufrido un accidente de trabajo en el que hayan intervenido alguna de estas causas debes ponerte en contacto con nuestros abogados especialistas en accidentes laborales para estudiar la viabilidad de una demanda de indemnización. La consulta es gratuita y cobramos sólo en caso de ganar, un % sobre la indemnización obtenida.

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¿A qué prestaciones tiene derecho el trabajador por accidente laboral?

Son principalmente dos: 

Médicas: 

a.- Atención médica, quirúrgica y dental en establecimientos externos, o a domicilio.

b.- Hospitalización, si fuere necesaria a juicio del médico tratante.

c.- Medicamentos, y productos farmacéuticos.

d.- Prótesis y aparatos ortopédicos, y su reparación.

e.- Rehabilitación física, y reeducación profesional.

f.- Los gastos de traslado y cualquiera que sea necesario para el otorgamiento de los beneficios.

Económicas: con estas prestaciones se pretende sustituir la pérdida o disminución del ingreso del trabajador afectado por un accidente o enfermedad profesional, ante lo cual la ley clasifica los accidentes y enfermedades profesionales en razón de los resultados que producen, estas son: 

a.- Incapacidad temporal. (pago de licencias médicas o subsidio por incapacidad laboral temporal).

b.- Invalidez parcial. (pago de pensión mensual de invalidez, o indemnización máxima o bien dependiendo del grado de invalidez tiene derecho a una indemnización global).

c.- Invalidez total: Tiene derecho a una pensión de invalidez permanente y hasta el cumplimiento de la edad para acceder a la pensión de vejez (alcanza hasta el 70% del ingreso total del trabajador).

d.- Gran invalidez: Tiene derecho a una pensión de invalidez equivalente al 100% del ingreso percibido por el trabajador.

e.- La muerte de la Víctima: Origina pensiones de sobrevivencia a favor del cónyuge sobreviviente y los hijos.

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¿Porqué hacer una demanda de accidente laboral?

Su empleador es responsable de su seguridad de sus trabajadores. Esto incluye asegurarse de que el ambiente de trabajo se mantiene seguro y que el trabajador está siempre con el equipo adecuado para asegurarse de que puede llevar a cabo sus tareas diarias en condiciones de seguridad, que se encuentra capacitado para sus funciones, que la maquinaria se encuentra en buen estado, etc.

Le deben dar equipo de seguridad necesario, junto entrenamiento para su trabajo en particular, y el lugar de trabajo debe ser muy ordenado y en buenas condiciones.

Si la ha ocurrido un accidente laboral o sufrido una enfermedad o una enfermedad relacionada con el trabajo, como consecuencia de su empleador o de la negligencia de un compañero de trabajo, usted debe considerar hacer una demanda para obtener la compensación que se merece y para ayudar a asegurar que un accidente similar no le ocurra a nadie más en el futuro.

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¿Cómo hacer una demanda de accidente laboral?

En los accidentes laborales, es necesario establecer inmediatamente que su empleador ha sido negligente o está en violación de sus obligaciones legales, y que esto causó su lesión personal. Nuestros abogados tienen experiencia en el manejo de demandas laborales, y su abogado asignado a trabajar se le permitirá establecer rápidamente la causa de su accidente.

Para reclamar una indemnización por responsabilidad civil derivada de un accidente laboral primeramente tendremos que determinar si en dicho accidente laboral ha habido alguna infracción por parte del empleador a su deber de seguridad y protección de sus trabajadores. Dicho de otra forma podremos reclamar una indemnización por accidente laboral si la culpa de ese accidente no es exclusivamente del trabajador, sino que podría haberse evitado si la empresa hubiera puesto todas las medidas de seguridad obligatorias por ley. (Reclamación extracontractual).

Si usted decide hacer una demanda de indemnización, nuestros abogados van a trabajar en su caso de forma inmediata. Junte y lleve a nuestras oficinas toda la documentación con que cuente.

¿Demanda por accidente laboral?

Estamos aquí para asesorarlo.

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