Autodespido por no pago de remuneraciones
Autodespido por no pago de sueldo
Muchos trabajadores atraviesan por graves problemas en su trabajo. Algunos de esos problemas suelen darse por incumplimiento del empleador, como por no pago de cotizaciones o no pago de sueldo, o cambio unilateral de funciones, entre otros muchos. Es ante estos problemas, en ocasiones intolerables que surge el autodespido. El autodespido se presenta así, no pagar las cotizaciones del trabajador que se vea enfrentado a incumplimientos graves al contrato por parte del empleador, puede autodespedirse. El autodespido se presenta así, como una forma que tiene el trabajador para poner término a su contrato de trabajo obteniendo el pago de sus indemnizaciones legales. En este artículo particularmente trataremos el Autodespido por no pago de de sueldo.
En el autodespido el trabajador el en buenas cuentas se despide a si mismo, situación completamente diferente a la renuncia, pues a diferencia de esta, en el autodespido el trabajador reclama el derecho a pago de las indemnizaciones legales, de forma de no perder sus años de servicio, la indemnización sustitutiva del aviso previo y otras indemnizaciones que le corresponden.
Desde ya te indicamos que en otro artículo trataremos ¿Cómo se hace una carta de autodespido?, que seguro vas a querer leer si decides autodespedirte. Así también en otro artículo explicamos ¿Cómo puedo hacer un autodespido?.
Defensa trabajadores en autodespido por no pago de remuenraciones:
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AUTODESPIDO POR NO PAGO DE REMUNERACIONES.
Si le deben meses de sueldo o una parte de las remuneraciones; si no paga las imposiciones; si no entrega las medidas de seguridad necesarias, etc., se entiende que el empleador ha incumplido el contrato que tiene con el trabajador, estando facultado este para ejercer el autodespido, despidiéndose a si mismo, pero con derecho a la indemnización sustitutiva del aviso previo, a la indemnización por años de servicio, a los recargos legales, entre otros.
El contrato de trabajo es un contrato que obliga tanto al Trabajador como al empleador. El primero se obliga a prestar un servicio determinado, siendo esta su principal obligación, y el segundo a pagar por dicho servicio una remuneración determinada. Dado esto, la circunstancia que el empleador no pague al trabajador la remuneración convenida en el contrato de trabajo constituye un incumplimiento que reviste gravedad y autorizaría al autodespido pues al no pagar las remuneraciones el empleador incumple una de sus principales obligaciones establecidas en el contrato de trabajo. La Corte Suprema ha señalado que el empleador que no paga las remuneraciones incurre en incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, pues falta a uno de sus elementos esenciales” (Corte Suprema, 5 de diciembre de 1991, Rol 3524). En fallo más reciente la misma Corte señaló que constituye un incumplimiento grave de las obligaciones que le impone el contrato de trabajo, el no pago de sueldos en las fechas estipuladas (Corte Suprema, Cuarta Sala, 10 de julio de 2006, Rol 844-2006).
Es así, que es perfectamente posible pensar en un autodespido por no pago de remuneraciones.
Es así que ante la pregunta ¿El no pago de remuneraciones y diversas prestaciones laborales constituye un incumplimiento grave de las obligaciones contractuales por parte del empleador? – creemos que ello es indudable, la obligación de remunerar es de aquellas esenciales del contrato de trabajo no sólo por ser uno de los requisitos exigidos en el artículo 7º del Código del Trabajo, sino también por el carácter alimenticio que ella representa para el trabajador. La ilustre Corte de Apelaciones de Concepción lo ha explicado en términos jurisprudenciales, en causa Rol N°418-2007, al señalar que nuestro Máximo Tribunal ha dicho: “El empleador que no paga las remuneraciones incurre en incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, pues falta a uno de sus elementos esenciales” (Corte Suprema, sentencia de 05.12.1991, rol 3524. Citado en Comisión de Estudios Laborales. Código del Trabajo. Tomo I, Editorial Libromar Ltda., 1999, página 862); agregando que “Constituye un incumplimiento grave de las obligaciones que le impone el contrato de trabajo, el no pago de sueldos en las fechas estipuladas” (Corte Suprema, sentencia de 10.07.2006, rol 844-2006. Número identificador LexisNexis 35236). Por otra parte, incluso en caso de atrasos, la Ilustre Corte de Apelaciones de La Serena ha indicado que “El pago de las remuneraciones en forma extemporánea, esto es, la que ha excedido a la unidad de tiempo máxima permitida por la ley de un mes, constituye, a juicio de esta sentenciadora, un incumplimiento grave de las obligaciones emanadas del contrato por parte del empleador, toda vez que para el trabajador su remuneración es de la esencia del contrato de trabajo” (Corte de Apelaciones de La Serena, sentencia de 26.11.1998, rol 1473).
¿Porqué existe el autodespido?
El autodespido se creó como medida de protección para el trabajador frente al abuso que podría llegar a tener quien contrata.
Si lo analizamos fríamente, entre empleador y trabajador existe un desequilibrio: es el empleador quien tiene el poder económico (quien paga el sueldo) y qien tiene la jerarquía (quien da las órdenes). Estas dos situaciones provocaban que muchas veces la persona se dejara pasar a llevar y acatara órdenes o decisiones injustas con el fin de mantener el trabajo.
Con el autodespido ese desequilibrio es menor. Ahora, bajo ciertas situaciones, el trabajador puede defenderse, equiparar el desequilibrio que existe e irse del trabajo con todos sus pagos y sin aguantar abusos.
¿Cómo autodespedirse por no pago de sueldo?
Antes de ejercer el autodespido o despido indirecto necesariamente le aconsejo consultar con un abogado, esto dado que es conveniente que este haga un estudio del caso y de la viabilidad de ganar un juicio por autodespido en su caso concreto. No autodespedirse sin consultar previamente, tanto la viabilidad como el procedimiento a seguir.
Cuando ya se tiene tomada la decisión de autodespedirse el procedimiento es que el trabajador debe comunicar por escrito a su empleador el término del contrato, enviando una carta de autodespido, con copia a la Inspección del Trabajo respectiva, indicando la o las causales legales que se invocan para autodespedirse y los hechos en que se funda el término del contrato. El trabajador deberá luego por medio de un abogado concurrir a los Tribunales de Justicia , dentro del plazo de 60 días hábiles, contados desde la terminación de los servicios (y que no se suspenden con el reclamo interpuesto en la inspección del trabajo), para interponer la demanda por despido indirecto y, si obtiene sentencia favorable, el juez ordenará el pago de la indemnización sustitutiva del aviso previo y legal por años de servicios, esta última aumentada en un 50% en caso que la causal invocada sea la del N° 7 del artículo 160, o en un 80% en el caso de las causales del N° 1 y 5 del mismo artículo.
Si el tribunal rechaza la demanda de autodespido por no pago de remuneraciones interpuesta por el trabajador, se entenderá que el contrato ha terminado por renuncia voluntaria del trabajador, y consecuentemente no tendrá derecho al pago de las indemnizaciones sustitutivas del aviso previo ni por años de servicio. (por ello es fundamental contar con asesoría antes de autodespedirse).
¿Porqué los tribunales permiten el autodespido por no pago de sueldo?
Es importante recalcar, antes de hablar de autodespido, que el pago de sueldo o pago de remuneraciones, es la principal obligación del empleador.
Por lo tanto, si tus remuneraciones no son pagadas correctamente significa que tu empleador está cumpliendo su principal obligación emanada del contrato.
Es dado todo lo anterior, que tribunales han consideradoun incumplimiento grave del contrato el no pago de remuneraciones. Dado lo anterior es perfectamente posible autodespedirse por no pago de sueldo o autodespedirse por no pago de remuneración.
¿Cuánto se demora un autodespido?
Es un proceso muy corto y dura entre 1 y 4 meses. No obstante ello puede cambiar en ciertos tribunales y en ciertas épocas en que están con mayor carta de trabajo. Efectivamente, en tribunales como los de Santiago, el proceso puede durar 8 meses a 1 año.
¿Me puede dar un formato de carta de autodespido por no pago de sueldo?
A continuación te proporcionaremos un modelo de carta de autodespido por no pago de sueldo, no obstante, desde ya te recomendamos que antes de enviar o hacer la carta, nos consultes.
Lo primero que debemos saber es si en tu caso procede el autodespido, la gravedad del incumplimiento del empleador y con ello ver si procede el autodespido.
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¿Autodespido?
El autodespido está consagrado en el artículo 171 del Código del Trabajo y permite al trabajador poner termino a su contrato con derecho a pago de sus indemnizaciones legales y aumentadas estas incluso, como una sanción contra el empleador. Y es que el autodespido procede ante situaciones de incumplimiento a las obligaciones del contrato por parte del empleador, o ante situaciones de acoso laboral u otros comportamientos graves del empleador.
¿Me puedo autodespedir por no pago de sueldo?
Estamos aquí para asesorarlo.